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Cinco claves para pagar menos IRPF

El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2016 es el grueso de los impuestos que habrá que pagar en las rentas obtenidas a lo largo de ese año aunque en materia de inversiones hay cierto margen para reducir el desembolso: dividendos, planes de pensiones, hipotecas, etc.


1. Dividendos

En principio, los dividendos se consideran rendimientos del capital mobiliario. Tributan hasta 6.000 euros al 19%; entre 6.000 y hasta 50.000 euros al 21% y a partir de 50.000 euros al 23%. La cuestión es que a lo largo de 2016 han sido muchas las compañías las que han remunerado a sus accionistas a través de los llamados scrip dividends. Únicamente los inversores a los que la empresa o entidad les compensó en metálico deben incluirlos en la declaración. Quienes no hicieron nada no tienen nada que declarar.


2. Fondos de inversión, acciones e inmuebles

En principio, los resultados obtenidos en la compraventa de cualquiera de estos activos se consideran ganancias o pérdidas patrimoniales. Se incluyen en la base imponible del ahorro y tributan según su importe al 19% , 21% o 23%.

Es relevante saber que se pueden compensar ganancias por pérdidas. En principio, los rendimientos positivos y negativos del capital mobiliario se compensan entre sí y por otro lado lo hacen las ganancias y pérdidas patrimoniales. La novedad de esta declaración es que el saldo negativo de cualquiera de ellos puede compensarse con el positivo del otro, con un límite del 15%.


3. Los cuasi créditos fiscales vigentes

El primero de ellos hace referencia a los fondos de inversión, acciones e inmuebles adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994. Las ganancias que se obtienen en la venta de estos activos pagan menos impuestos. Se les aplican los llamados coeficientes de abatimiento del 11,11%, 25% y 14,28%, respectivamente, sobre los beneficios generados por estos hasta el 20 de enero de 2006. No obstante, Hacienda solo permite aplicar estas rebajas sobre 400.000 euros.


4. Los planes de pensiones

Las aportaciones que se hicieron a estos productos reducen directamente los ingresos del inversor. De forma general, con un límite máximo de 8.000 euros. Cabe la posibilidad de reducir las rentas obtenidas si se han hecho aportaciones a favor del cónyuge, con un límite máximo de 2.500 euros.


5. Las antiguas hipotecas

Quienes son titulares de una hipoteca firmada antes del 31 de diciembre de 2012 puede seguir reduciendo sus impuestos hasta en un 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros por persona.


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